El Ministerio de Sanidad ha tomado medidas para regular la fabricación, distribución, prescripción y dispensación de una nueva sustancia psicoativa: la mefedrona. Se trata de un estimulante que “provoca un efecto comparable al del éxtasis o la cocaína y se vende normalmente en polvo”, aunque –según algunas fuentes- también se puede comercializar en cápsulas y pastillas, tanto en Internet como en tiendas especializadas o en la calle.
Los riesgos asociados al uso de la mefedrona (4-metilmetcatinona) se recogen en un informe del Observatorio Europeo de Drogas, en el que se advierte que puede utilizarse como alternativa a los estimulantes ilícitos, causa dependencia y tiene una alta propensión al abuso. De ahí que desde la Unión Europea se recomiende actuar con precaución porque “no tiene ningún valor o uso médico, establecido o reconocido”.
Tomando como referencia este informe sobre la mefedrona, y atendiendo a sus “propiedades estimulantes, su atractivo potencial, al riesgo que para la salud supone su uso y su capacidad para producir dependencia en las personas que la consuman”, el estado acaba de aprobar una orden que regula esta droga y establece el procedimiento para recoger las preparaciones que la incluyan.
Para más información podéis consultar la orden del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad en el BOE del pasado 9 de febrero
El pasado mes de diciembre los ministros de Justicia de los Veintisiete acordaron prohibir en toda la UE la producción y comercialización de la mefedrona, que entonces era legal en 12 países, entre ellos España, y –según algunos medios- entre otros motivos, este cambio se debió a que fue relacionada con al menos 37 muertes en Reino Unido e Irlanda.